🧾 Tercero Cultivador: Los Nuevos Requisitos que Tenés que Cumplir (Y Cómo Podemos Ayudarte)

Por Joaquin Chiavazza – Abogado especializado en cannabis medicinal La Resolución 1780/2025 del Ministerio de Salud vino con muchas modificaciones al sistema REPROCANN, y una de las figuras más impactadas es la del Tercero Cultivador. Si cultivás cannabis para otra persona autorizada —ya sea por compromiso, solidaridad o vocación— atención, porque ahora necesitás cumplir con nuevos requisitos formales y técnicos. No hacerlo puede significar la pérdida del permiso. Desde nuestro estudio, ofrecemos asesoramiento y acompañamiento legal, técnico y administrativo para que cumplas con la norma sin perder tu lugar en el sistema. 📌 ¿Qué es un “Tercero Cultivador”? Es aquella persona que cultiva cannabis medicinal para un único paciente registrado en REPROCANN, con permiso oficial y prescripción médica validada. No puede cultivar para más de un usuario. ⚠️ ¿Qué cambia con la Resolución 1780/2025? La normativa ahora exige que el tercero cultivador cumpla con lo siguiente: ⏳ Plazo: Solo 6 meses para adaptarse Si ya estás inscripto, tenés hasta noviembre de 2025 para adecuarte a todos estos puntos. Si no lo hacés, el Ministerio revocará tu inscripción automáticamente. 🤝 ¿Cómo podemos ayudarte? En nuestro estudio brindamos un servicio integral para Terceros Cultivadores que incluye: 💬 No estás solo: escribinos Sabemos que muchos cultivadores solidarios lo hacen con amor y compromiso, pero el Estado hoy exige que eso esté respaldado con burocracia compleja y costos adicionales. No dejes que la falta de información o recursos te excluya del sistema. 📩 Escribinos para una consulta y asegurate de seguir cultivando con todo en regla.
Crónica de una muerte anunciada

El Gobierno Nacional suspendió de manera arbitraria la renovación de licencias de INASE para cannabis y cáñamo. En una decisión que contradice la propia legislación vigente y va en contra del desarrollo de una industria con alto potencial económico, el Gobierno Nacional ha decidido suspender las renovaciones de licencias del Instituto Nacional de Semillas (INASE) para las especies de cannabis y cáñamo industrial. Esta medida, que carece de fundamentos técnicos o jurídicos claros, representa un grave retroceso para el sector y un ataque directo a la seguridad jurídica de productores, emprendedores e inversores. Una Decisión Injustificada y Arbitraria Las leyes 27.350 y 27.669 establecen con claridad un marco regulatorio para el desarrollo del cannabis medicinal y del cáñamo industrial en Argentina. Dichas normas fueron diseñadas para promover el crecimiento de esta industria y garantizar el acceso a tratamientos médicos basados en cannabis. Además, la ARICCAME (Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal) fue creada para garantizar el cumplimiento de estos marcos legales, supervisando y emitiendo las autorizaciones necesarias para los actores del sector. Sin embargo, la reciente decisión del Gobierno de frenar sin explicaciones oficiales la renovación de licencias de INASE viola la seguridad jurídica y perjudica a cientos de proyectos que confiaron en un marco regulado para operar de manera legal. Esta medida arbitraria: ¿Libre Mercado? Solo para Algunos Sectores Esta suspensión también pone en evidencia una contradicción flagrante dentro del discurso oficial del Gobierno. Mientras se promueven reformas para reducir la burocracia y eliminar regulaciones en otros sectores económicos, se pone un freno sin justificación al cannabis medicinal y al cáñamo industrial, industrias que han sido impulsadas en todo el mundo por su impacto positivo en la salud, el medioambiente y la economía. Resulta paradójico que, en un país que necesita atraer inversiones y fomentar industrias emergentes, se decida bloquear sin motivos una actividad que ya estaba en pleno crecimiento y con un marco normativo definido. En contraste, países como Uruguay, Colombia y Estados Unidos han entendido el valor de esta industria y avanzan hacia regulaciones claras y favorables. El Impacto de la Suspensión en Pacientes y Productores Más allá del perjuicio económico, esta medida también afecta a miles de pacientes que dependen del cannabis medicinal como parte de sus tratamientos. La Ley 27.350 establece que el Estado debe garantizar el acceso al aceite de cannabis y sus derivados para quienes lo necesiten. Sin embargo, al frenar la producción nacional mediante la suspensión de licencias, se limita la oferta y se encarece el acceso, obligando a los pacientes a recurrir a productos importados más costosos. Además, para los productores de cáñamo industrial, esta decisión frena la posibilidad de desarrollar una industria sustentable y con múltiples aplicaciones, desde textiles hasta bioplásticos y materiales de construcción ecológicos. Joaquin Chiavazza Abogado Especialista en licencias de Cannabis Medicinal y Cañamo Industrial