Abogado Cannabis

🧾 Tercero Cultivador: Los Nuevos Requisitos que Tenés que Cumplir (Y Cómo Podemos Ayudarte)

Por Joaquin Chiavazza – Abogado especializado en cannabis medicinal La Resolución 1780/2025 del Ministerio de Salud vino con muchas modificaciones al sistema REPROCANN, y una de las figuras más impactadas es la del Tercero Cultivador. Si cultivás cannabis para otra persona autorizada —ya sea por compromiso, solidaridad o vocación— atención, porque ahora necesitás cumplir con nuevos requisitos formales y técnicos. No hacerlo puede significar la pérdida del permiso. Desde nuestro estudio, ofrecemos asesoramiento y acompañamiento legal, técnico y administrativo para que cumplas con la norma sin perder tu lugar en el sistema. 📌 ¿Qué es un “Tercero Cultivador”? Es aquella persona que cultiva cannabis medicinal para un único paciente registrado en REPROCANN, con permiso oficial y prescripción médica validada. No puede cultivar para más de un usuario. ⚠️ ¿Qué cambia con la Resolución 1780/2025? La normativa ahora exige que el tercero cultivador cumpla con lo siguiente: ⏳ Plazo: Solo 6 meses para adaptarse Si ya estás inscripto, tenés hasta noviembre de 2025 para adecuarte a todos estos puntos. Si no lo hacés, el Ministerio revocará tu inscripción automáticamente. 🤝 ¿Cómo podemos ayudarte? En nuestro estudio brindamos un servicio integral para Terceros Cultivadores que incluye: 💬 No estás solo: escribinos Sabemos que muchos cultivadores solidarios lo hacen con amor y compromiso, pero el Estado hoy exige que eso esté respaldado con burocracia compleja y costos adicionales. No dejes que la falta de información o recursos te excluya del sistema. 📩 Escribinos para una consulta y asegurate de seguir cultivando con todo en regla.